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- General:
- Podrán hacer uso de las instalaciones, equipo y material, los académicos y estudiantes del Programa Educativo de Psicología del Centro Universitario del Sur.
- Se deberá respetar el horario preestablecido y designado previamente por el responsable del Laboratorio.
- Toda actividad desarrollada deberá estar a cargo y/o supervisada por el responsable del Laboratorio o por el profesor titular de la materia.
- El comportamiento de los estudiantes y profesores dentro del Laboratorio será regido bajo las normas del código ético del psicólogo, elaboradas por la Sociedad Mexicana de Psicología y por el reglamento del propio Laboratorio.
- Todo daño causado a las instalaciones, equipo, material y mantenimiento del Laboratorio, es responsabilidad del profesor y/o del alumno que lo hayan usado.
- Las disposiciones no contempladas en el presente reglamento serán resueltas por el Jefe del Departamento de Ciencias Clínicas, el Colegio Departamental, Directora de la División de Ciencias de la Salud, y en última instancia por el Rector del Centro Universitario.
- Derechos de los prestadores de Servicio Social y practicantes:
- Conocer las actividades que realizarán durante su estancia en el L.I.P.
- Recibir asesoría por parte del responsable del Laboratorio de Intervención Psicológica de una forma periódica o en casos emergentes que lo ameriten.
- Recibir un trato respetuoso por parte del responsable del L.I.P. y de los colaboradores del propio Laboratorio.
- Contar con un espacio físico adecuado para realizar las actividades encomendadas en su servicio social y/o prácticas profesionales.
- Ausentarse de sus actividades por causa médica justificada (presentando incapacidad/justificante conforme lo establecido en la normatividad universitaria) o por asistencia a eventos académicos que contribuyan a su formación como profesional de la psicología (debiendo informar como mínimo con 4 días de anticipación para notificar a las personas a quienes les brinda el servicio de asesoría psicológica).
- Responsabilidades de los prestadores de servicio social y practicantes:
- Los alumnos asignados para cubrir la plaza como prestadores de servicio social y/o para la realización de prácticas, deberán de adherirse al horario establecido (con antelación), debiendo permanecer en dicho laboratorio la jornada completa (de lunes a viernes en el turno matutino o vespertino elegido por el alumno en el caso del prestador de servicio social).
- Asistir puntualmente, debiendo registrar entrada y salida al Laboratorio de Intervención Psicológica, lo que implicará el cubrir el total de las horas asignadas.
- En caso de ser impuntual deberá de compensar el tiempo faltante de su jornada.
- Para prestadores de servicio social, cuando haya reincidencia por tres ocasiones, habrá una amonestación verbal y si llegara a presentarse una cuarta ocasión se notificará a la Unidad de Servicio Social a través de un oficio para que se tomen las medidas pertinentes conforme al reglamento de dicha Unidad, pudiendo causar baja del Servicio Social.
- Para practicantes, cuando haya reincidencia por dos ocasiones, habrá una amonestación verbal y si llegara a presentarse una tercera ocasión se notificará al Profesor responsable de la práctica a través de un oficio para que se tomen las medidas pertinentes conforme a lo establecido en la asignatura, pudiendo causar baja de la práctica.
- Presentarse debidamente uniformados y aseados, evitando el uso de pantalones rasgados, bermudas, escotes, minifaldas o gorras; perforaciones (piercing) y tatuajes visibles a los demás; así como prescindir de diseños y colores extravagantes tanto en cabello como en uñas, cabello recogido y cara descubierta.
- Conocer y respetar las reglas y estructura del funcionamiento del Laboratorio de Intervención Psicológica.
- Participar en el curso de inducción /capacitación por parte de responsable del L.I.P., a fin de garantizar el conocimiento de las actividades, derechos y obligaciones que deberán de respetar durante su estancia en el L.I.P.
- Brindar atención oportuna, responsable y ética tanto a las personas que solicitan su servicio como al personal que labora y colabora en el L.I.P.
- Hacer un buen uso de las instalaciones, mobiliario, material y equipo que se le confiera durante su estancia L.I.P.
- Preservar documentos y/o valores asignados, entregando los mismos al término de cada jornada o bien una vez concluida su estancia en el L.I.P.
- Entregar bimestralmente informe de actividades realizadas, mismo que incluirá actualización del expediente de personas atendidas bajo el formato preestablecido el caso de prestadores de servicio social.
- Entregar mensualmente informe de actividades realizadas, mismo que incluirá expedientes de personas atendidas al término de su práctica bajo el formato preestablecido para el caso de practicantes.
- Evitar consumir alimentos en el interior del Laboratorio, recibir visitas o personas ajenas al servicio social en las instalaciones del L.I.P., durante la jornada de servicio social y/o práctica profesional.
- Comunicar puntualmente al responsable del L.I.P., cualquier incidente que afecte el desempeño de sus actividades como prestador de servicio social y/o practicante.
- Faltas imputables y causa de sanción administrativa / baja de servicio social o de prácticas.
- Ausentarse de sus actividades sin autorización.
- Incurrir en actos de violencia con los usuarios de servicios y con el personal del L.I.P.
- Sustraer documentos (incluyendo expedientes), material y/o equipo sin autorización por escrito,
- Realizar actos de carácter político, religioso o de índole ajena al L.I.P.
- Presentarse bajo el efecto de sustancias como alcohol o psicotrópicos.
- Implicar con su negligencia la seguridad de las personas que realizan actividades en el L.I.P.
- Cobrar en efectivo o en especia cualquier servicio incluido en sus actividades que sea destinado para su uso personal.